Código de Etica

La Educación Complementaria, cualquiera sea la técnica que desarrolle, debe respetar los siguientes conceptos en su práctica:

1 - Crear conciencia de que la Educación Complementaria aporta valor a los quehaceres de la vida cotidiana.

2 – La Educación Complementaria es una fuente que aporta conocimientos para el crecimiento y desarrollo personal.

3 – La Educación Complementaria no reemplaza a los títulos de grado.

4 – La Educación Complementaria puede ser ejercida por alguien que imparte un conocimiento tanto teórico como práctico.

5 – La Educación Complementaria enriquece tanto el desempeño intelectual como o el desarrollo de un oficio.

6 – El desarrollo de los conocimientos adquiridos mediante Educación Complementaria dependerá de las reglamentaciones específicas de cada país.

7 – La Educación complementaria, en general, no requiere de conocimientos previos.

8 – La Educación Complementaria puede impartirse de persona a persona.

9 – Toda persona tiene libertad de enseñar y aprender, dentro de contexto sociocultural y ético establecido en su comunidad.

10 - Promover al Bienestar general por el bien común.

Detalles de la Terminología utilizada:

Complementaria: Referente a Complemento. Algo que se añade a algo para hacerlo mejor, más completo, efectivo o perfecto, para hacerlo más variado o agradable.

Título de Grado: Título de ejercicio profesional, cuyo otorgamiento compete a entidades Universitarias, Terciarias, de Enseñanza Técnica, según las reglamentaciones de cada país.

Oficio: Actividad que requiere cierta habilidad manual, a veces se vincula con el Arte.

Comunidad: Conjunto de personas que viven juntas bajo ciertas reglas o que tienen los mismos intereses. Grupo social del que forma parte una persona.

Professional Complementary Education Certification